Las supersticiosas mujeres de Satanás
La demonización de cuanto era considerado superstición marcó el inicio de la lucha contra las brujas. De hecho, la «sabiduría» de estas mujeres, consideradas esclavas amantes de Satán, estaba formada, sobre todo, por conocimientos con origen en supersticiones antiquísimas, aparecidas entre los hombres cuando su vida no estaba marcada todavía por la fe en un único dios. La primeras huellas del tratamiento jurídico de la magia-brujería se encuentran en textos pertenecientes a la Alta Edad Media. En especial se deben mencionar las prescripciones del Concilio de Alvira (340), pensadas para castigar a quienes practicaran la muerte con la ayuda de la magia; y las del Concilio de Ancira (341), contra aquellos que practicaban la magia negra y el maleficio.
El edicto de Rotario (643), en el que se denominaba a las brujas hechiceras es una fuente más bien ambigua. De hecho, aunque condena las prácticas mágicas, indica los procedimientos que se deben adoptar contra los que provoquen daños a las brujas, puesto que estas no poseían los poderes que se les atribuían, sino que eran víctimas de la superstición.
En el edicto de Liutprando (727) encontramos, en cambio, una reflexión más profunda en torno a la cuestión, puesto que la brujería es la expresión de una peligrosa actitud «pagana» que atacaba y ofendía profundamente a la religión cristiana. Rabano Mauro, en su obra De universo (784), reanimó los temores de Liutprando; en el capítulo «De magicis artibus», las antiguas supersticiones son tratadas como un peligroso receptáculo en el que la disidencia religiosa puede ser instrumento de afirmación de la cultura mágica. Pero no se indican todavía posicionamientos jurídicos objetivos y, sobre todo, no se mencionan represiones de ningún tipo. La cautela y la vigilancia, además de un atento esfuerzo pastoral, parecen gobernar las actitudes de la época. Rabano Mauro, como señala R. Mansuelli en el libro Magia e stregoneria nel Medioevo, creía en la posibilidad de la magia, pero «la consideraba un fenómeno concedido por Dios, ya que sólo con su consentimiento pueden darse todas las cosas.
Dios condena por todos los errores, adivinaciones y artes mágicas para que se espere la verdad y sólo de Él». Los textos de los concilios, las capitulares (ordenanzas emanadas en época carolingia, llamadas así porque estaban divididas en capitula) y las penitenciales nos ofrecen indicaciones muy precisas sobre el cambio de interpretación del fenómeno mágico y de los rituales paganos todavía presentes. De hecho, se estaba afirmando una idea que consideraba a las «otras» prácticas religiosas, magia y culto al diablo. Por ejemplo, en el Canon Episcopi se hace una clara referencia «a mujeres depravadas» que, seducidas por Satán, se engañan «y creen que en plena noche cabalgan sobre ciertas bestias en compañía de Diana».
Antiguamente se atribuía el Canon Episcopi al Concilio de Ancira (341), pero probablemente se trata de una capitular franca de la segunda mitad del siglo Ix, aunque se citan otras fuentes más antiguas. La primera versión segura que hace referencia al Canon Episcopi es el Canon de Regino de Prum (Libri duo de sunodalibus causis et disciplinis ecclesiasticis) del siglo x.
En el Liber de synodalys causis (906) de Regino de Prum y en los Decreta de Burchardo de Worms (1025), la magia y ciertas prácticas características de las brujas, por influencia del Canon Episcopi, se interpretan como ilusiones y se consideran completamente carentes de conexión con la realidad. Burchardo, en particular, tomó una postura precisa contra la creencia del vuelo en compañía de Diana en el que, según una leyenda muy difundida, participaban mujeres seguidoras de la diosa pagana viajando hacía el lugar de los encuentros rituales (lo que después se llamará aquelarre).
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Categoría: Supersticiones.
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